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Es el Juzgado quien se ocupar de localizar al querellado, si no tiene domicilio conocido, será la PolicÍa quien lo localiza, y el Juez puede acordar que la Policía le detenga y lo presentarlo al Juzgado, si no aparece dictará orden de BUSCA Y CAPTURA EN TODO EL TERRITIO NACIONAL.
— Castellano Boladeras Advocats