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Necesariamente habría de interponer demanda de reclamación de paternidad ante el Juzgado de Primera Instancia. Previamente habría que acreditar indiciariamente la existencia de relación entre el presunto padre y la madre a través de documentos (fotografías juntos o todo aquello que se disponga) que acredite la existencia de relación. El padre puede no someterse a la prueba lo que de por si supone un factor en su contra.En caso de obtener una Sentencia favorable dispondría de todos los derechos inherentes a la relación paterno filial de todo orden, incluso en su caso derechos hereditarios.
— JUAN CARLOS URCOLA RUIZ