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Buenas tardes,si está inscrita como su hija en el Registro Civil es su padre quien debe promover la impugnación de la paternidad, tendríamos que saber fecha de nacimiento y circunstancias en las que pueda apoyarse para hacer tal impugnación. Si lo desea puede llamar a nuestro despacho: 976216585 preguntando por Alfonso.Saludos
— Albar Abogados
Si consigue probar de manera efectiva que es su padre, le corresponden los mismos derechos y obligaciones que a cualquiera otro de sus hijos, derecho de alimentos a figurar entre los posibles herederos abintestado (sin testamento) o con derecho a la legitima, etc.Un cordial saludo,Amalio Sánchez
— Amalio Sánchez
Necesariamente habría de interponer demanda de reclamación de paternidad ante el Juzgado de Primera Instancia. Previamente habría que acreditar indiciariamente la existencia de relación entre el presunto padre y la madre a través de documentos (fotografías juntos o todo aquello que se disponga) que acredite la existencia de relación. El padre puede no someterse a la prueba lo que de por si supone un factor en su contra.En caso de obtener una Sentencia favorable dispondría de todos los derechos inherentes a la relación paterno filial de todo orden, incluso en su caso derechos hereditarios.
— JUAN CARLOS URCOLA RUIZ
Buenas tardes,Si en el Registro Civil esta reconocida por su padre, usted tiene todos los derechos como hija, lo que comprendería los derechos hereditarios. Si su padre no esta conforme tendría que impugnar la filiación. Para mas información llamar ana garcia del cacho 976158716
— Ana García del Cacho