2 Respuesta
Estimado señor:Respecto a los gastos de comunidad de domicilio familiar en caso de divorcio. Según la ley sobre propiedad horizontal, los gastos deben abonarse al 50% entre los cónyuges, independientemente de que un miembro de la pareja se haya quedado con el uso de la vivienda a raíz del acuerdo de divorcio.Pero el Tribunal Supremo, sin embargo, considera que, aunque ese sea el criterio general de acuerdo a la ley, los jueces de familia pueden imponer los gastos de comunidad al ex cónyuge que disfruta de la casa.Por lo que en su caso dado que presumo que nada se dice, usted deberá pagar el 50% de los gastos de comunidad. Pedro Torres Romero (abogado)www.gonzaleztorresabogados.com
— González Torres Abogados