Trabajo como auxiliar en Telepizza, la tienda donde trabajo la han subrogado y me han dado a firmar con fecha 1 de Julio una modificación de mi contrato, por un lado me promocionan a subencargada pero con tres meses de prueva, pero yo estoy fija desde hace 8 años a media jornada. las clausulas que me ponen y que no se si me benefician o perjudican son:Primera – Proceder a la modificación del contrato de trabajo citado anteriormente, en lo que respecta a lacategoría laboral proponiendo su promoción a SUBENCARGADA, y una jornada de 20 horas semanales depromedio, en computo anual 894 horas de trabajo efectivo.Segunda – Los eventuales aumentos salariales o extrasalariales que se establezcan por Convenio Colectivo,Arbitraje, decisión de la Administración Laboral o años de servicio, quedarán a partir del día de la fecha en que seestablezcan, absorbidos por el sueldo bruto anual señalado en este contrato, y más concretamente por laGratificación voluntaria, salvo que la retribución que aquellas normas fijen, consideradas en cómputo global yanual, superen la cifra total del salario, en cuyo caso, ésta se aumentará en la cantidad correspondienteMuy agradecida `por vuestra atención un cordial saludo.
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Estimado consultante:la subrogación de trabajadores entre empresas supone el mantenimiento de las mismas condiciones laborales y salariales existentes con anterioridad al igual que la antigüedad.En tu caso coincide con una modificación de contrato con aumento de la categoría laboral y salarial que realmente no tiene trascendencia en relación con el contrato porque la absorción de los aumentos salariales que indican, existiendo una gratificación voluntaria es legal. Es decir se haya producido o no un ascenso o se haya producido o no una modificación de contrato igualmente la ley permite a la empresa compensar los aumentos salariales con la gratificación voluntaria.La razón por la que han aprovechado el momento de la subrogación para comunicárselo al trabajador es para blindar de alguna forma esa posibilidad. Es decir, asegurarse que producida la compensación ya sea porque la ley lo permite ya sea porque tu firmaste esta modificación no se verán en los tribunales.Si necesita alguna otra consulta no dude en contactar con nosotros BUFETE AMOROS SLP C/APARICI I GUIJARRO 4 de valencia. Realizamos un descuento del 20% sobre honorarios profesionales y la primera consulta es gratuita. Pregunte por Mariluz Iglesias Peral
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