Hola,me despiden el mes que viene,trabajo en un.centro comercial y mi jefa cierra porqur el centro comercial.la obliga ya que van.a hacer reformas,ella tiene otro restaurante pero no quiere pasarme al.otro restaurante porque dice que no puede subrrogar tantos contratos de 40 horas ya que en.octubre la faena en el.otro baja,me dice que me.pagara 20 dias por año,mi antiguedad es de enero del 2004,seria correvto qur me hiciera un despido objetivo?somos tres personas en laisma situacion,pero a la unica que le.plantea um despido es a mi,ya que las.otras dos tienen mas antiguedad.Es correcto que por causas ajenas a ella me haga un despido objetivo
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Buenas tardes, Conforme estás contando el asunto, entiendo que no puede despedirte de manera objetiva puesto que tiene más negocios y no puede alegar falta de capacidad económica con el fin de no abonarte el total de la indemnización como despido improcedente que legalmente te corresponde.Si te ofrece la carta de despido junto al finiquito no lo firmes, o si lo haces, haz constar que no estas conforme con lo que te ofrece. De esta manera podrás reclamar perfectamente tus derechos.Si quieres, puedes contactar con nosotros para que te ayudemos a calcular tu correcta indemnización, para presentar la correspondiente papeleta de conciliación previa a la vía judicial ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación o si fuera el caso para acudir a la vía judicial. Puedes contactar con nosotros a través del correo electrónico info@dianalegales.com, en el número móvil 616852968 o a través de la web: www.dianalegales.com . Estaremos a tu disposición para lo que necesites.¡Que vaya muy bien! Y quedamos a la espera de tus noticias.Diana Lladró
— Diana Legales Abogados
Estimado consultante:En los despidos objetivos la unidad de referencia en la empresa en su totalidad no un centro de trabajo aislado. Por tanto para que su despido objetivo sea procedente es necesario no solo hacer referencia al cierre del centro comercial sino a la imposibilidad de su incorporación al restaurante de destino por la inexistencia de vacantes, ya que las existentes son cubiertas con sus otras compañeras. Además de hacer referencia a estos dos acontecimientos en la carta de despido se debe acompañar la documentación que acredite ambas circunstancias por ejemplo carta del centro comercial indicando que se va a proceder a realizar reformas y que no puede ejercerse alli la actividad y documentación contable que demuestre que en el otro restaurante no hay volumen suficiente para asumir tres empleadas a jornada completa. Si no se acreditan ambas cosas el despido es improcedente.Por otra parte si de la documentación contable se desprende que se puede asumir tu contratación a jornada parcial tambien el despido sería improcedente.Por tanto todo depende de la documentación que te entreguen en el momento del despido y de la carta.En nuestro despacho la primera consulta es gratuita y después realizamos un descuento del 40% sobre honorarios profesionales. Asi en cuanto tengas la documentación del despido no dudes en contactar con nosotros. Pregunta por MARILUZ IGLESIAS PERAL en BUFETE AMOROS S.L.P C/APARISI I GUIJARRO 4 DE VALENCIA 963918925
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