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Buenas tardes. En los juicios de faltas no es preceptiva la intervención de abogado, pero sí aconsejable. Si la otra parte va con letrado y usted no en el día del juicio, puede solicitar la suspensión del mismo por indefensión y desequilibrio entre las partes, para que le asignen uno de oficio o, si lo desea, particular. Por otro lado, si tiene prueba de que mienten, llévelas a juicio y apórtelas. Saludos.
— Lorena Arias Hidalgo