Una administración publica me impone una sanción. Quiero recurrirla presentando alegaciones pero necesito lo que me parece que antes se llamaba «puesta de manifiesto».Yo vvo en Barcelona y el expediente está en Madrid.Para no hacer gastos de desplazamiento he pedido que me den copia del expediente electronicamente. Para ello estoy usando mi certificado digital.La pregunta es si el plazo de 15 dias para alegaciones es de días hábiles o naturales ?¿Que pasa si no me envían el expediente? ¿que pasa si no me lo envían a tiempo? o sencillamente no lo enfvían y me dicen que tengo que ir a MadridMientras tanto los días pasan ¿Se interrumpe el plazo que me han dado ?Si tengo que protestar ¿que me costarían sus servicios??Muchas gracias y saludosDesi
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Buenas tardes,Los plazos administrativos se cuentan en días hábiles (sábados incluidos). En estos casos, lo que se suele hacer es solicitar copia y vista del expediente, solicitando la interrupción del plazo para hacer alegaciones y una ampliación del mismo. Si no le dieran acceso al mismo y resolvieran en su contra, a mi entender, dicha resolución sería nula de pleno derecho (como si no hubiera existido) por no haber contado con todos los medios necesarios para defenderse. Si desea contactar conmigo, puede ponerse en contacto a través de nuestra página web. Atentamente,David Aranda
— Aranda Checa Advocat