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Buenos días, Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene. No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación. Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas): tlf. 645 958 948Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.Atentamente, Mercedes de Parada RodríguezAbogadaSocia del despacho LETRADOXwww.Letradox.com
— LETRADOX
Si les corta el agua se arriesga a que ellos le denuncien por coacciones y tenga usted que pagarles una indemnización, aparte de la multa que impondrá el juzgado.Le aconsejo que acuda a un abogado para interponer una demanda de desahucio y solucione el problema correctamente.
— Asistencialegal.net
Estimado cliente, como ya le han indicado no puede cortar el suministro de agua como medida de presión, tiene que actuar dentro de la legalidad, a través de un procedimiento de desahucio. En ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS contamos con letrados especializados en esa materia, puede consultar nuestros honorarios en nuestra web y puede contactar con nosotros a través del correo electrónico contacto@asistencialegalabogados.es o por teléfono 91 851 23 47.
— ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS
Buenas tardes, A partir de dos meses consecutivos sin que abonen los inquilinos ya puede interponer demanda por reclamación de cantidad por el alquiler pendiente de pago y el desahucio de los inquilinos a su vez. Además ahora mismo ya no hay tasas judiciales para las personas físicas con lo cual es menos costoso meterse en vía judicial. Hay dos tipos de procedimiento que se pueden instar en este caso, ya sea un procedimiento monitorio o un procedimiento verbal del artículo 440.3 LEC.Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podría concertar una cita en mi despacho, para así, tratar su asunto con detenimientoLe remito mis datos:Cristina Amor Barrado.Tel: 634742711.C/José Ortega y Gasset 60, bajo derecha.Mi horario es de 9.00 a 19.00 horas.Un saludo, Cristina
— Abogados Ortega y Gasset