7 Respuesta
Buenos días,He de decirte que el procedimiento monitorio exige la concreta determinación del deudor para proceder a efectuar el requerimiento. Por lo tanto, yo dirigiría la demanda contra la herencia yacente del padre fallecido, pero tendrás que acreditar la defunción mediante los certificados así como acreditar que no se han adjudicado todavía la herencia a los herederos mediante nota simple.Otra opción es poner en la demanda que a la comunidad le consta el fallecimiento del titular registral, razón por la que se dirige la demanda contra los herederos del propietario.Puedes recurrir a nosotros para resolver cualquier problema o duda que te surja con respecto a éste tema. Contacta con Satisfacción Legal en el teléfono 96 369 52 50 o visítenos en la web www.satisfaccionlegal.es .Recuerda que la primera consulta es gratuita.
— SATISFACCIÓN LEGAL