Buenas tardes.Mi consulta es la siguiente,estoy trabajando por cuenta ajena con contrato de 8 horas indefinido.Aparte de este trabajo vendiendo productos cosmeticos de una empresa americana que me paga mediante una tarjeta de un banco estadounidense.La duda que tengo es que cuando los ingresos de ese segundo trabajo(en B por supuesto),superen el sueldo minimo interprofesional,me han dicho que lo tendré que declarar y la duda es como?me tendria que hacer autonomo?no tengo ni idea de estos temas ni se que porcentaje tendria que pagar a hacienda o que muchas gracias.
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Si le pagan por transferencia , la Agencia Tributaria podrá tener constancia de ellos. Tiene que declarar todos sus ingresos.Lo que comenta sobre el SMI es a efectos de la Seguridad Social, confunde dos administraciones.La situación que comenta, es decir, tener ingresos sin declarar, podría acarrearle serios problemas con la hacienda pública.Puede ponerse en contacto con nosotros para le elaboremos un presupuesto sobre como regularizar su situación.Un saludoinfo@gracianiasesores.comwww.gracianiasesores.com
— Graciani Asesores