El dia 15 de mayo firmamos un contrato de traspaso de un Restaurante en el que el comprador debia abonar mediante transferencia bancaria la primera parte del pago de 20000 euros, y no se ha abonado nada hasta el momento, se firmo una clausula en la que si el no realizaba el segundo pago en el plazo indicado podria perder dicha cantidad, y si en caso de no realizar ni siquiera el primer pago se le podria reclamar la cantidad de 20000 euros, ya que estamos en Baleares y el mes de mayo es la temporada fuerte de traspasos y podriamos perder la oportunidad de traspasarlo durante este mes……queria saber si este contrato privado es tan valido como para poner una denuncia y reclamar dicho importe…..gracias
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Buenos días,En este caso el contrato privado firmado por ambas partes es totalmente válido y vinculante.Al haberse producido un incumplimiento por la otra parte, a Ud. le posibilita a rescindir el contrato y reclamar las cantidades acordadas en esa cláusula (20.000).Debería poner inmediatamente una demanda en tal sentido.Si Ud. les entregó las llaves se deberá solicitar igualmente al juzgado que la otra parte las devuelva.Quedamos a su disposición en los números de referencia para que, de surgir dudas, nuestros expertos en la materia puedan resolverlas.Reciba un cordial saludo.
— Sara Gómez Abogados