Somos una empresa que acaba de firmar un contrato de arrendamiento para el cambio de nuestra sede. Tras la firma del contrato, el arrendador de la nave en la que estamos ahora, nos ha hecho una contraoferta muy interesante. Por el momento el único importe abonado son 2500 euros en concepto de reserva, pero como digo el contrato ya se ha firmado por ambas partes. Mi pregunta es si podemos anular el contrato perdiendo la señal, o si estamos obligados a cumplirlo o pagar una indemnización.
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Sin conocer el contenido del contrato es imposible asesorarte. Aún así, lo mejor es hablar con el propietario del nuevo local y ver que pediría para negociar la resolución. A partir de ahí, hay que valorar lo que más os conviene. A vuestra disposición para el asesoramiento en este asunto. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano