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Buenos días.En principio, una vez casados, puede usted donarle el cincuenta por ciento de la vivienda a su esposa, pero habría que esrudiar la situación, ya que por un lado debería hacer separación de bienes, para que esa mitad donada, fuera privativa de ella, por otro lado, aunque no le done la mítad de la vivienda, si la hipoteca se paga después del matrimonio, sin hacer separación de bienes, todo el pago se consideraría ganancial.Con independencia de lo anterior habría que tener en cuenta, que en la escritura de hipoteca probablemente no le permitan transmitir una parte de la propied sin consentimiento to de la entidad de crédito.Por todo ello, consideró que la consulta se debe resolver en el despacho, para poder aclarar bien la situación, ya que la pregunta es un tanto imprecisa.En cuanto a los gastos, si al final se hace la donación, debemos tener en cuenta que el impuesto de donaciones en Madrid, esta bonificado al 99 por 100 entre cónyuges, y que las plus valía municipal debe ser barata, puesto que esta recién adquirido, incluso exenta si la compra tiene menos de un año.Por lo que solo,pagaría notaria y registro de la propiedad.También tiene que tener en cuenta que si la donación se hace con una hipoteca, la comunidad de Madrid, puede liquidar transmisiones patrimoniales, al 6 por 100, por la parte de la hipotec que asuma su esposa.Por ello, como le indicó, habría que tratarlo personalmente.Un cordial saludo
— Sergio Padrós Gómez