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Buenos días, Las sobrinas deberán pagar el ISD, impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Por su parte, la tía tributará en Renta (IRPF) por la ganancia obtenida por la transmisión. Asimismo, no olvidéis que siendo un inmueble urbano, también se devengará el IIVTNU, es decir la Plusvalía municipal. Esperamos que nuestros comentarios les sirvan de ayuda, si requieren un estudio detallado sobre los costes aproximados de la operación, o un análisis para optimizar y reducir los costes fiscales, no duden en contactar con nosotros. Saludos
— BLAU ABOGADOS / SOLICITORS