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Buenas tardes. Le indicamos que si Usted ha pagado los 3 últimos años de hipoteca, tiene derecho a que esta cantidad sea tenida en cuenta en caso de venta de la misma, siempre y cuando conste que Usted la ha satisfecho. Puede demostrarse si en los ingresos de la hipoteca se ha hecho constar este punto, de forma que se pueda comprobar que provienen de su cuenta. En caso de división de la cosa común debe acreditar que Usted ha satisfecho las cuotas de estos tres últimos años para que sean tenidas en cuenta en el momento de la adjudicación de la finca a uno de los copropietarios o en el caso de venta de la finca. Que el otro propietario le reclame su parte es habitual, puesto que él habrá aportado alguna cantidad. MV-VS ADVOCATSC/ Ample, 10, 1Reus 43202977910523mv.vs.abogados@gmail.com
— M V S Advocats