Hola, tengo una reducción de guarda legal por un menor de 12 años , hasta la fecha me han pagado la hora nocturna.Mi horario es de 14:00 a 22:00 sin la reducción, y con la reducción es de 14:00 a 21:00, siempre me han pagado esa hora nocturna con el descuento de mi reducción del 12.5%. (Por convenio la nocturnidad empieza a partir de las 21:00)Este mes no me han pagado el plus de nocturnidad tengo derecho al plus Nocturnidad en la hora de la reducción, muchas gracias
3 Respuesta
Buenas tardes, En primer lugar, sería necesario contar con la documental que obre en su poder a los efectos de poder asesorarla, siendo necesario el convenio al que pertenece, los documentos a partir de los cuales se le concedió la reducción de jornada…En principio, si no ha existido ningún cambio de las circunstancias, y así se reconoce en convenio, tendría derecho a seguir percibiendo el plus de nocturnidad. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestro despacho, a fin de poder ampliar la información que nos comenta y poder darla un asesoramiento personalizado y profesional a su consulta. Tenga en cuenta, que si esa situación se sigue repitiendo sería necesario llevar a cabo una serie de pasos para una futura reclamación. GARCIA MUÑOZ ABOGADOS Telf: 91 873 52 04/ 652 97 96 24garciamunozabogados@gmail.comEstaremos encantados de poder ayudarla. Un saludo
— GARCÍA MUÑOZ ABOGADOS