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No, no puedes ni el banco te lo permitirá. Es necesario que el poder sea notaria y esté hecho en la debida forma: el notario se asegura de que los poderdantes (los que dan el poder) son quien dicen ser y de su voluntad. Existen muchos tipos de poderes, por lo que es necesario también escoger el que se adapta al acto que se va a realizar. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano