En agosto denuncie la primera vez el impago de pensiones ya que fue el segundo mes consecutivo de impago, a dia de hoy ya son 4 aunque ayer ingreso 48 de los 1930 que tiene pendientes.Me gustaria saber cuanto tiempo puede transcurrir hasta que el juzgado haga algo?Tambien me gustaria saber si esta denuncia ira por la via civil o la penal, ya que el tiene antecedentes penales ya que fui victima de violencia de genero.Muchas gracias
3 Respuesta
Estimada Sra.Como usted bien ha dicho, existen dos vías para reclamar el importe de la pensión debida, la civil y la penal. La vía civil sería la más rápida, ya que la sentencia es directamente ejecutable y por lo tanto se puede interponer una demanda de ejecución de sentencia en el juzgado que dictó la misma. Si el deudor tiene una capacidad económica suficiente para hacer frente a la deuda (tiene trabajo, bienes, saldo en sus cuentas corrientes, etc.) el proceso será rápido y en muy poco tiempo se procederá al embargo para saldar la deuda. Incluso se puede solicitar el embargo de una parte de su sueldo todos los meses para asegurar que a partir de ese momento se cobrará la pensión. La segunda opción sería la penal. El impago de alimentos es un delito siempre que el impago sea de 2 meses consecutivos o 4 no consecutivos. En este caso, el proceso es mucho más lento y se verificará si el deudor no ha pagado intencionadamente o si realmente no podía a causa de su situación personal. Sólo se le condenará si el impago ha sido de manera voluntaria teniendo medios para hacerlo.Yo recomiendo como primera acción la vía civil, al ser más rápida y ofrecer muchas garantías de cobro en caso de tener trabajo o bienes.
— Raquel Sánchez, Abogada