3 Respuesta
Buenas tardes:Para poderle contestar a su pregunta habra que ver el convenio de separacion o divorcio que Vd. firmo y si dichos gastos se encuentran incluidos para que le puedan ser reclamados.Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo en el tef. 934575700 o visitar la pagina Web: www.abogadosbarrososoriano.es.Saludos.S. Barroso
— BARROSO I SORIANO ABOGADOS
Generalmente, se consideran gastos ordinarios pero, como te dice mi compañero Salvador Barroso, hay que ver el convenio regulador, en su conjunto, para poderlo afirmar. Ante la duda, existe la posibilidad de presentar un pequeño procedimiento judicial para que el juez determine de qué tipo de gastos se trata. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. cmontijano@gmail.com. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano