Buenos días,Estoy casada en régimen de gananciales. Las deudas que mis suegros tengan con Seguridad Social y/o Hacienda pueden repercutir en mi, es decir, puedo heredar su deuda en caso de que no la puedan pagar? O eso solo le compite a su hijo, mi marido? Era por saber si merece la pena cambiar el régimen de gananciales a separación de bienes para evitar que esa deuda, repito, de mis suegros, me perjudique en el futuro. En caso afirmativo, hay que cambiar el régimen inmediatamente?¡Mil gracias!
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Buenos días.Aunque la deuda la herede solo su marido, pues la herencia es privativa, el acreedor, en este caso Hacienda, puede solicitar el embargo de la mitad de los bienes gananciales, por lo que se podría usted encontrar con un procedimiento, en el que reclamando a su esposo, se le embargue su participación en los bienes gananciales, por lo que mi consejo es que formalicen una escritura de liquidación de gananciales, llevando a cabo las adjudicaciones pertinentes.Si desea cualquier aclaración póngase en contacto con el despacho, en el teléfono 915343572, ya que he sido mas de 40 años oficial de notaria, y es un trema que he tratado habitualmente.Un cordial saludo
— Sergio Padrós Gómez