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No hay suficientes datos para contestarte. Hay que saber si la finca está inmatriculada (si consta en el registro, aunque no esté a nombre de tu padre, o tuyo en este momento) o no, ya que los pasos son distintos.Si no está inmatriculada, hay que presentar una demanda judicial para hacerlo y los juzgados tardan bastante en resolver este tipo de asunto. Podemos hablar, tranquilamente, de un año.Si lo está, hay que ver si se pueden inscribir todas las operaciones no inscritas o no… en fin, hay que tener todos los datos para decirte como actuar y el coste que ello tendría.Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano