Buenas. Tengo una factura de Registrador donde se me cobra 2 x 24 euros (son dos fincas las inscritas) con la siguiente descripción: «2.1 ACTUALIZACIONES DESCRIPTIVAS».La actualizacion descriptiva consiste única y exclusivamente en el cambio de titulares de linderos de la finca, pues en lo demás coincide en todo la nota protocolizada en la escritura y la que me han expedido después de su inscripción en el Registro en lo referente a descripción de finca, y creo que no procede el cobro de dicha cantidad. Me gustaría saber si tengo razon y si puedo impugnar la factura; ya no es por el dinero, es que estoy harto de que aqui en Murcia me cobren los Registradores por conceptos que se inventan o que no procede a cobrar.Gracias.
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BUenos dias, en primer lugar debera ver que solicitó ante el REgistrador, la expedicion de notas simples oscilan los 3.60 euros. Los aranceles de los registradores estan publicados y son tasas oficiales. Por las inscripciones de fincas los aranceles son de 24 euros. en esta pagina web viene informacion al respecto. SI el concepto que solicito no se ajusta a lo que le han dado o el calculo es erroneo, evidentemente podra reclamar. PEro los registros cobran todos los mismos, son precios unitarios, fijos que no se pueden alterar. si tiene alguna duda puede consultar http://wiki.registradores.org/index.php/Arancel_de_los_registradores_de_la_propiedad. Si necesita que le revise los documentos o que le amplie informacion, necesitaria ver exactamente que es lo que solicito. Si usted no esta conforme siempre se puede impugnar, pero hay que comprobar que efecitvamente se ha cometido un error. Un saludo si necesita cualquier cosa estoy a su disposicion.
— MARIA DOLORES LOPEZ ASESORIA JURIDICA