El viernes, nos indicaron que a partir del lunes nuestro horario de trabajo cambiaria al medio dia . Hacemos jornada partida de 8:00 a 13:30 y de 15 a 18, y ahora quieren abrir en jornada ininterrumpida hasta las 18:00, por lo que dicen que nos tenemos que complementar entre nosotros , somos dos, aunque realmente hay otra persona que su horario es de 8:00 a 16:30 con 0:30 de comida . El horario que quieren que hagamos es de 13:00 a 14: 30 y el otro de 14:15 a 15:45 . y la tercera persona, que no pertenece al departamento , pero esta en su horario laboral, cubriría los 15 minutos que faltan . Nosotros no estamos de acuerdo con el horario ni con la imposición . Intentamos ofrecer otro horario que nos venia mejor, implicando a la otra persona, que esta en su horario laboral, pero parece que no es aceptado .Mi pregunta es si podemos negarnos ?? y las posibles repercusiones que podría tener ?? Muchas gracias .
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Estimado consultante:Los cambios de horario son modificaciones sustanciales del contrato. La empresa tiene la obligación de comunicarla por escrito y desde ese momento que recibes la comunicación tienes 20 días para elegir una de estas opcionesa) pedir resolución de contrato indemnizada con 20 días de salario por año de servicio.b) recurrir la modificación en los juzgados para que se dicte sentencia que especifique si dicho cambio es ajustado o no derecho. Es ajustado a derecho cuando esta medida se implanta para aumentar los beneficios de la empresa u optimizar la organización del trabajo. (Esto tiene que demostrarlo la empresa con informes y documentación económica).En nuestro despacho te ayudaremos a recurrir o a solicitar la resolución del contrato y te realizaremos un descuento del 40% sobre honorarios profesionales. Llama a BUFETE AMOROS S.L.P TLF 963918925 y pregunta por MARILUZ IGLESIAS.Gracias
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