4 Respuesta
Buenas tardesEn respuesta a su consulta, y por los datos facilitados, en principio considero que no procede que el coste por la adquisición del colchón en cuestión, corresponda abonarlo al arrendador. De todos modos sería conveniente analizar su contrato de arrendamiento y las características del colchón sustituido. Joaquín Lara – Abogados – Tlfno. 625 355 785
— Joaquín Lara y Asociados