En su día tuve una empresa que no funcionó bien y me arruinó. Debido a esto, tengo personalmente varios embargos de diversos acreedores (Seguridad Social, clientes y también por la pensión alimenticia de mi hija)Ahora he empezado a trabajar en una empresa como asalariado y, lógicamente, vendrán a aplicar estos embargos sobre mi nómina. Yo sé que hay un porcentage máximno embargable sobre una nómina, y que éste porcentage depende de la cuantía de dicha nómina, pero mi consulta es:Cuando se tienen pendientes varios embargos, pueden aplicarse todos ellos sobre una misma nómina? es decir, puede cada uno de los acreedores aplicar ese porcentage máximo, o ese máximo es el embargable total?Por ejemplo, si una persona tiene cuantro embargos y tiene un salario de 1.500 euros/mes, y el máximo embargable sobre esa nómina fuesen 300 (son cantidades de ejemplo, simplemente), mi cuestión es si esos 300 euros son el total embargable mensualmente, o si cada uno de los cuatro acreedores puede embargar 300 Euros al mes, lo que supondría un total embargado de 1.200 Euros mensuales.Y en el caso de ser aplicable solo uno de ellos, cual tiene prioridad? (supoongo que el de pensión alimenticia de los hijos) y como comunicar al resto de acreedores que el salario está ya embargado y no pueden aplicarse más embargos sobre el mismo?Muchas gracias