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Estimado consultante,Como bien le comentan, sería idóneo tener copia del contrato, aunque el no tenerlo no impide llevar a cabo las acciones oportunas.En su caso caben dos posibilidades, una de las cuales es aquella a la que usted se refiere, echar al inquilino de la casa y reclamar esas rentas. En muchos casos no se llega en estos asuntos ni a juicio, pues el inquilino moroso pocos motivos puede tener para oponerse cuando realmente no ha pagado.Le invito a que nos contacte y le atenderemos personalmente en el 951 71 50 41, a través de abogadoslarios@gmail.com o a través de nuestra web www.lariosabogados.esEstamos en Torre del Mar (Málaga).Un cordial saludo.
— Larios Abogados