HolaYo (español), me casé en el 2012 en Arequipa, Perú con una peruana. El matrimonio se registró allí, pero no llegué a registrarlo en el consulado español en Lima, por lo que en principio, si ella no lo hizo más tarde, no existe constancia legal en España.Me quiero divorciar en España (ella sigue allí). Me informé para divorciarme en Perú, pero en un viaje en el consulado de España en Montevideo, me dijeron que eso no servía, que aunque me divorciase en Perú, mi obligación era haberlo registrado antes en España, que no me puedo divorciar sin antes registrarlo en España, y después divorciarme. Que aunque me divorciara en Perú si ella con el tiempo quisiera podría registrarlo en España y pedirme gananciales etc.. ¿Es esto así?Me dijeron que para registrar el matrimonio en Barcelona, tendría que pedir partida de matrimonio (quizá tenga yo la original), partida de nacimiento de ella, y partida de divorcio de ella de un matrimonio anterior. ¿Es así?.Una vez hecho esto debería solicitar el divorcio en España y una vez concedido…también he de registrarlo en Perú, esquatur??.No se si algún abogado en España podría llevarme todo esto sin tener que contratar a alguno yo directamente en Perú.Gracias anticipadas
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Gracias Cristina.No estuve empadronado en Perú, estuve unos meses, pero nunca mas de tres. Dos meses después de la boda vine solo a Barcelona, tres meses después volví y estuve un par de meses mas hasta que regresé definitivamente a España en febrero 2013.Ella no contesta mis mensajes al respecto de su disposición al divorcio, así que lo tengo que hacer sin tenerla en cuenta.El tema es que he estado tanteando algún abogado que me lo tramitara en Perú, pero me han dicho que eso no sirve, que aunque me divorcie, si ella en el futuro presenta en España como que hubo matrimonio en Perú, lo puede registrar en España y sería valido.
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