Como abordar este tema con la empresa, realizo entre 60 y 80 días al año el servicio de reten para empresa del sector eléctrico (Mmto Fotovoltaica), fuera del horario laboral normal, estando disponible en todo momento y realizando desplazamientos e intervenciones en algunas ocasiones, esto afecta a mi vida familiar y privada, tenga o no que desplazarme. En ningún caso recibo compensación por este servicio. El convenio que regula mi contrato no contempla esta situación que dura ya tres años.
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Estimado consultante,Todas las horas de trabajo que se presten fuera del horario normal de trabajo fijado en contrato son consideradas como horas extraordinarias, y deben ser abonadas como tal. En ningún caso el valor de la hora extra puede ser inferior al de una hora de trabajo ordinaria. Esto es lo que establece la Ley.En respuesta a su consulta, decirle que si usted ha realizado horas de trabajo fuera de su jornada normal, ha realizado una serie de horas extras que se le deben pagar como tales. Podrá reclamar las horas extraordinarias realizadas de hace un año hasta ahora, ya que el plazo para reclamar cantidades de este tipo es de 1 año.Lo recomendable sería una comunicación extrajudicial donde se le reclame a la empresa el pago de esas horas extraordinarias, con advertencia de que si no se abonan de buena fe, se reclamarán judicialmente (independientemente de que su voluntad sea o no reclamarlas por vía judicial, lo cual la empresa no tiene por qué saberlo).Le adjunto un presupuesto de nuestros honorarios por la redacción y envío de dicha reclamación extrajudicial.Reciba un cordial saludo
— Larios Abogados