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HolaSí puede, aunque en el fondo es una venta (de su piso 100%) y una disolución de condominio. Ha de ir con cuidado con los valores que se indica en ambas operaciones, pues hay unos mínimos, y no olvide que tendrá que pagar plusvalía por la venta y declararlo en el IRPF del año siguiente.Si quiere que le asesore y me asegure de minimizar las implicaciones fiscales, puede contactar conmigo, preferentemente por mail (especialmente en agosto).SaludosChantal CataláCATALA ADVOCATS
— CATALA ADVOCATS
Yo no vendo mi piso, quiero pagar a mi exmujer con él la disolución de condominio, quizá no me expliqué bien, no quiero emplear dinero, solamente un piso exclusivamente mio por el 50% de otra propiedad que actualmente está a nombre de los dos y pasaría a ser solamente mía…..sin importarnos si una cosa es más cara que otra, solamente un cambio de propiedades, pero una la mitad ya es mía y por eso quería saber si con la disolución de condominio le podía «pagar» a mi exmujer con un piso….
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