En lo que se refiere a el régimen económico:Mi consulta trata acerca de saber como afectara los valores y deudas (hipotecas) que actualmente poseo como único titular, a mi futura esposa sin establecer un régimen económico de separación de bienes (o dejandolo en gananciales por defecto).Es decir, una vez casados que derechos adquirirá mi esposa sobre mis bienes anteriores al matrimonio,así mismo como le podrían afectar mis deudas. Y en caso de divorcio,entrarian a formar parte dichas deudas y valores como parte de la liquidación de gananciales a la que diera lugar.En lo que se refiere a las herencias :En que situación,en el supuesto de mi fallecimiento,, quedarían esos valores y deudas,si ademas de contar con mi esposa,también figura una hija mía de un matrimonio anterior.(sin hacer ningun testamento)Muchas gracias.
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Celebrado el matrimonio, cualquiera que fuere el régimen económico matrimonial que pacten, la esposa no va a responder de las deudas de usted, adquiridas antes del matrimonio, como tampoco se va a convertir en dueña o condueña de sus bienes, salvo que usted quiera que así sea. En caso de su fallecimiento, si no otorga testamento, su hija será heredera de todos sus bienes, con excepción de un tercio de la herencia que corresponderá a la viuda en usufructo. Supongo que su vecindad civil es Madrid. De todos modos esta materia es muy compleja como para explicarla en un foro de internet. Si lo desea puede entrevistarse conmigo. Mi teléfono 914029750. Un saludo,
— López-Mingo