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Como bien indica mi compañera, es posible reclamar por las cuotas que queden pendientes, si bien hay que seguir previamente una serie de pasos recogidos en la ley, como es notificar a los deudores y solicitar autorización a la junta para reclamar. El tema de honorarios se podría estudiar para buscar una solución satisfactoria para todas las partes.
— Talavera Saldaña Abogados