En mi empresa están despidiendo con despidos objetivos y la indemnización la están pagando con pagarés. Es decir, no están abonando la indemnización en el mismo día del despido. Es posible que próximamente me despidan a mi. ¿qué es lo más conveniente jurídicamente ?:Opción 1. Firmar poniendo la fecha del día de la firma y el texto «no conforme e indemnización y finiquito pendiente de cobrar» ¿tendría que poner alguna nota en los pagarés (rechazo el pago mediante pagarés o pagarés no cobrados o algo así)?. ¿me tengo que llevar los pagarés o, como los rechazo, se los tengo que dejar a la empresa? A continuación denunciar. Opción 2. No firmar y denunciar.¿qué diferencia hay entre las dos opciones?En el caso de la segunda opción supongo que la empresa mandaría un burofax. Mientras no reciba el burofax supongo que tendré que seguir acudiendo a la empresa a trabajar. ¿es así?Gracias por su ayuda.Saludos, Ángel.
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Buenos días. Para saber si es viable una reclamación por despido improcedente habría que ver la carta de despido y ver que causa alegan. Si la causa es correcta usted debe poner no recibido para saber que no ha recibido dicha cantidad. En cambio, si la causa no se ajusta a la realidad habría que estudiar la reclamación de despido improcedente.Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar cita en el despacho donde estudiaremos su caso. Le remito mis datos:Cristina Amor Barrado.Tel: 634742711.Un saludo.
— Abogados Ortega y Gasset