Buenos días, Me gustaría saber si puedo exigirle a mi casero la finalización del contrato de arredamiento sin indemnizarle. Llevo 8 meses en el inmueble, y debido a la mala relación con el casero, quiero irme de la casa. Les redacto tal cual viene: «El contrato comenzará a aplicarse a partir del 1 de septiembre de 2014, y tendrá una duración de UN AÑO, prorrogable hasta un total de 3 años de vigencia. El arrendatario se compromete a abonar como mínimo una anualidad completa a partir de la cual podrá rescindir el contrato sin indemnización al arrendador preavisando con un mes de anticipación». La firma del contrato es posterior a la reforma de la ley. Entiendo que la mejor manera es hacerlo de mutuo acuerdo, pero me gustaría saber si puede exigirme que abone la anualidad completa, teniendo en cuenta que la ley actual dice que el periodo mínimo a partir del cual se puede solicitar avisando con 30 días de antelación, es de seis meses, y en el contrato, no viene especificada una indemnización concreta, en caso de que fuera de otra manera. Gracias!
5 Respuesta
Buenos días, Primero habría que ver la redacción del contrato, debido a que en muchas ocasiones las personas redactan contratos copiados de internet y sin saber lo que puede conllevar realizar un contrato mal. Si no hay ninguna cláusula al respecto por las partes, la ley dice que el arrendatarios a los 6 meses puede abandonar el inmueble.Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un asesoramiento más personalizado a la vista del contrato, puede concertar una cita en mi despacho donde estudiaremos su caso. Le remito mis datos:Cristina Amor Barrado.Tel: 6348742711.Un saludo.
— Abogados Ortega y Gasset