Buenos días, Me gustaría saber si puedo exigirle a mi casero la finalización del contrato de arredamiento sin indemnizarle. Llevo 8 meses en el inmueble, y debido a la mala relación con el casero, quiero irme de la casa. Les redacto tal cual viene: «El contrato comenzará a aplicarse a partir del 1 de septiembre de 2014, y tendrá una duración de UN AÑO, prorrogable hasta un total de 3 años de vigencia. El arrendatario se compromete a abonar como mínimo una anualidad completa a partir de la cual podrá rescindir el contrato sin indemnización al arrendador preavisando con un mes de anticipación». La firma del contrato es posterior a la reforma de la ley. Entiendo que la mejor manera es hacerlo de mutuo acuerdo, pero me gustaría saber si puede exigirme que abone la anualidad completa, teniendo en cuenta que la ley actual dice que el periodo mínimo a partir del cual se puede solicitar avisando con 30 días de antelación, es de seis meses, y en el contrato, no viene especificada una indemnización concreta, en caso de que fuera de otra manera. Gracias!
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Gracias por su rápida respuesta Sr. López-Mingo. Acudo a este consultorio gratuíto porque a pesar de haberme leído la documentación jurídica que he podido encontrar al respecto en internet, no me parece una fuente tan fiable de consulta como un foro de profesionales especializados como es este. Aún no he comunicado mi deseo de resolver el contrato al arrendador, porque me gustaría saber si tengo una ley en la que respaldarme para poder finalizar el contrato antes del mencionado año. En caso contrario, simplemente me esperaría los meses que queden hasta que llegue ese momento. Quizá no me haya explicado con toda la claridad debida, pero lo que quiero es saber con qué armas cuento para llegar a un mutuo acuerdo sin indemnización alguna, dando por hecho, teniendo en cuenta pasados conflictos con el arrendador, que de primeras su respuesta va a ser negativa a cualquier planteamiento por mi parte. Gracias de nuevo.
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