Somos diez hermanos actualmente con profundas diferencias entre algunos de nosotros, o sea, mal avenidos. Nuestra madre falleció hace ya nueve años. De resultas quedamos como propietarios herederos a partes iguales de la mitad materna de la vivienda familiar. La otra mitad y el usufructo lo ostenta mi padre aun en vida pero ingresado en una residencia con el visto bueno del Juzgado y pendiente de Incapacidad por la Fiscalía correspondiente. Siete de los hermanos, conscientes de que nuestro padre terminará sus días en la residencia y que por tanto su vivienda ya no se utilizará, pensamos que sería mucho más sencillo y sobretodo menos problemático tratar de venderla lo antes posible dada la alta conflictividad entre nosotros. Pero los otros tres se oponen a ello, y por tanto no se puede vender por las buenas. ¿Puede plantearse en esas circunstancias una Demanda de división d ela cosa común? Añadamos que nuestro padre cuando todavía estaba en pleno uso de sus facultades redactó un Poder Notarial Total a favor de una de sus hijas para que ésta decidiera todo lo concerniente a su persona y propiedades. Esa hermana está a favor de vender la casa……¿podría hacer uso de sus Poderes para que incluso nuestro propio padre se sumara a la demanda? Tema delicado, pero que cuanto antes se resolviera menos discusiones y tensiones provocará. Gracias
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Buenas tardes.En principio el poder que tiene su hermana carece de validez, en el momento en que su padre está incapacitado, en cuyo caso para vender necesitria autorizacion judicial. No obstante si su padre aun no está incapacitado se puede celebrar la venta siempre que todos los hermanos estén de acuerdo.En caso de que tengan que acudir a una venta judicial, por haber solicitado la venta la división de cosa común, el procedimiento es largo y costoso, por loque mi consejo es que traten de llegar a un acuerdo.No obstante, la contestación a esta consulta de forma más amplia tendría que dársela verbalmente, ya que es un tema en el que tengo.gran experiencia, puesto que he sido más de 40 años oficial de notaria, y este es un tema habitual.Si desea más información no dude en ponerse en contacto con el despacho, e el teléfono o 915343572.Un cordial saludo
— Sergio Padrós Gómez