Somos diez hermanos actualmente con profundas diferencias entre algunos de nosotros, o sea, mal avenidos. Nuestra madre falleció hace ya nueve años. De resultas quedamos como propietarios herederos a partes iguales de la mitad materna de la vivienda familiar. La otra mitad y el usufructo lo ostenta mi padre aun en vida pero ingresado en una residencia con el visto bueno del Juzgado y pendiente de Incapacidad por la Fiscalía correspondiente. Siete de los hermanos, conscientes de que nuestro padre terminará sus días en la residencia y que por tanto su vivienda ya no se utilizará, pensamos que sería mucho más sencillo y sobretodo menos problemático tratar de venderla lo antes posible dada la alta conflictividad entre nosotros. Pero los otros tres se oponen a ello, y por tanto no se puede vender por las buenas. ¿Puede plantearse en esas circunstancias una Demanda de división d ela cosa común? Añadamos que nuestro padre cuando todavía estaba en pleno uso de sus facultades redactó un Poder Notarial Total a favor de una de sus hijas para que ésta decidiera todo lo concerniente a su persona y propiedades. Esa hermana está a favor de vender la casa……¿podría hacer uso de sus Poderes para que incluso nuestro propio padre se sumara a la demanda? Tema delicado, pero que cuanto antes se resolviera menos discusiones y tensiones provocará. Gracias
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Buenos días. Es imprescindible conocer el tenor del Poder que su padre otorgó a su hermana antes de iniciarse el proceso de incapacitación ya que, de no ser específico para este caso, el mismo se extinguiría con la incapacidad sobrevenida y, si ya ha se ha iniciado el proceso de incapacitación, necesitarían ustedes la autorización judicial para la venta del inmueble y, mucho me temo que, con las circunstancias que usted relata, si no es imprescindible la venta de dicho inmueble, dicha autorización parece complicada.No obstante, quedamos a su disposición para estudiar el caso mediante cita previa en el teléfono 918516510.Saludos.
— ISARA CONSULTORES