1 Respuesta
Estimado consultante:No es legal tener un contrato de seis meses con un período de prueba de seis meses. En cualquier caso indicarle que si está en periodo de prueba la resolución del contrato no necesita de preaviso y usted tendrá derecho a la parte proporcional de vacaciones y pagas extras pendientes.Pasado el periodo de prueba debe usted preavisar. La falta de preaviso no le priva de su derecho a las vacaciones o parte proporcional de pagas, tan solo le restarán de la liquidación los días de preaviso que falten.Para cualquier otra consulta no dude en llamarnos. Pregunte por MARILUZ IGLESIAS EN FIGUERAS ADVOCATS S.L.P. La primera consulta es gratuita y después hacemos un descuento del 20% sobre honorarios profesionales.
— FIGUERAS ADVOCATS S.L.P.