Me he divorciado desde hace dos meses y me gustaría saber si puedo vivir con mi nueva pareja en el domicilio conyugal. En el convenio regulador que fue de mutuo acuerdo con mi ex se refleja que el inmueble está a la venta y quiero proponerle la compra de su parte pero, mientras tanto, quiero vivir con mi nueva pareja allí. ¿Afectaría en algún sentido?.
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Buenos días Mario. Este tema, bastante polémico, ha sido bastante tratado por la jurisprudencia. En caso de existir menores, y se le haya atribuido el uso del domicilio a la esposa, la nueva pareja de ésta, en principio, puede vivir en tal domicilio, pues la atribución del uso fue en interés del menor, independientemente de quièn más salga beneficiado. Cuestión distinta es, por ejemplo, en caso de que exista pensión compensatoria, o no haya menor, y se le atribuyó el uso a la mujer por ser la más necesitada de protección. En este caso, el marido podría probar el cambio sustancial de las circuntancias, pues la nueva pareja de su ex mujer podría estar aportando ingresos, y así podría solicitar una modificación de medidas. En su caso, si en el propio convenio regulador ya se refleja la venta futura, no veo inconveniente en que mientras tanto conviva con su nueva pareja. La Audiencia Provincial de Almería dictó sentencia en un asunto en el que la mujer convivía con su nuevo novio, y lo que falló es la obligación de vender el inmueble. Usted, se está comprometiendo ya a comprar-vender su domicilio. Para mayor información, quedo a su disposición en el teléfono de contacto 678.04.50.66. Un cordial saludo.
— Lorena Arias Hidalgo