Me divorcie el año pasado, tenemos la custodía compartida de nuestro hijo, en la misma sentencia se indico que la vivienda seria uso y disfrute de él y de nuestro hijo cuándo estuviera con él, y que yo estaría en otra vivienda situada en la misma localidad. Al cabo de los cuarenta días he regresado a casa, estuve viviendo con una amiga, no he tenido cambió de domicilio en el padrón, y ahora mismo ambos seguimos viviendo bajo el mismo techo. ¿Me puedo deducir por mi parte que me coresponde? es del 50% al igual que necesito saber si tengo que rectificar en el juzgado que sigo divorciada pero que sigo viviendo en mi casa junto con mi exmarido y mi hijo. Agradecerles su respuesta.
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De momento, no puedes deducirte la hipoteca de esa vivienda como habitual, ya que la tiene atribuida tu marido y a él le corresponde la deducción del 100%. Si no queréis problemas fiscales, deberéis volver a casaros o constituiros cuanto menos en pareja de hecho. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano