2 Respuesta
Habría que examinar si la patria potestad es compartida o no (independientemente de quien de los dos tiene la guarda). En caso de que sea compartida habría que contar con la aceptación del otro progenitor. Si se opone, puede pedirse al juez el permiso, quien siempre decidirá en beneficio del interés del menor.Si quiere concertar una visita, le atenderemos en el teléfono 972 20 79 11.Atentamente,Jaume Rovira (Abogado)
— Rovira & Vila Advocats