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La ratificación está precisamente para eso: dotar a lo convenido de plena eficacia. Si no lo ratifica y no se presenta otro convenio regulador, el proceso se transformará en contencioso y ahí podrá usted intentar que el Juzgado fije la pretendida custodia compartida. Con la escasa información que proporciona no se puede augurar qué posibilidades hay de que se estime su pretensión sobrevenida.
— López-Mingo