El despido improcedente, contrato indefinido desde 2003, bonificado, tiempo completo;En cual pone: En lo no previsto en este contrato, se estará a la legislación vigente que resulte de aplicación, y particularmente en el articulo 12 dedel Estatuto de los Trabajadores, Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E de 10 de julio) y en articulo 47 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre (B.O.E de 31 de diciembre) Asimismo le sera aplicacion lo dispuesto en el Convenio Colectivo de INDUSTRIA TEXTIL.
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Hola, buenas tardes, en principio le deberían abonar 45 dias hasta el 12 de febrero de 2012, y desde esa fecha hasta ahora 33 días. Lo que ocurre, es que a veces tenemos contratos firmados en fomento de la contratación, que estipulan 33 días desde su inicio, debería ver contrato, nóminas, etc. . Desde Quilez Asociados lo podemos llevar sin ningún coste adicional por toda cataluña, tan sólo el porcentaje del 10%.
— Quilez Asociados