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De todos modos, el derecho a no declararse culpable le asiste siempre, por contundentes que puedan parecer las pruebas de la Policía. Otra cosa sería la conveniencia de aceptar los hechos en determinadas circunstancias valorando los factores de cada caso concreto, y a esto me refiero con la imposibilidad de asesorarle sobre esto sin poder acceder a las actuaciones para su estudio previamente.
— Talavera Saldaña Abogados
Buenas tardes. Si no hay violencia o intimación, y la sustracción superar los 400 euros, trata de un delito de hurto. Es vital estudiar su asunto de modo profundo, pues si no ha sido condenado aún, se puede luchar incluso por su absolución, según el caso. Y usted tiene derecho a no confesarse culpable, aunque el colaborar con la justicia rebaje la posible pena en el supuesto de que sea condenado. Quedo a su entera disposición. Un saludo.
— Lorena Arias Hidalgo