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Buenas tardes,En primer lugar, habrá que ver según contrato quien tiene la obligación de abonar este tipo de facturas y conceptos.Por parte de la otra persona, el impago de esta factura de 227 (aunque le correspondiera a usted abonarla), no justifica que él deje de pagar las mensualidades, pues entonces perdería toda razón que pudiera tener.A modo de consejo, primero habrá que ver quien tiene que abonar tal factura según el contrato de alquiler y, a partir de ahí, si no quiere pagar, peor para esta persona y sus intereses. Se le reclaman judicialmente.¿Compensa reclamar judicialmente por el tema este? Lo normal es que si esta persona no paga las mensualidades no pueda demostrarlo, de modo que lo normal es que pierda el pleito. Y en dicho caso, lo normal es que la parte que pierde el pleito pague las costas. De tal forma, si usted reclama rentas impagadas e impera la lógica, la otra parte tiene que reintegrarle a usted lo que abone en concepto de abogado y procurador.Le invito a que nos contacte y le atenderemos personalmente y sin compromiso.951 71 50 41abogadoslarios@gmail.comUn cordial saludo.
— Larios Abogados
Lo primero es saber si la obligacion de abonar la factura es de usted o del inquilino. Luego que dejar de abonar la factura por su parte no le da derecho a dejar de pagar el alquiler porque esa es la principal obligacion del inquilino y que se deja de hacerlo usted le puede echar a la calles
— Bufete García Matute
Buenas tardes, le informo que si su inquilino no le paga los dos próximos meses, usted podría interponer una demanda de desahucio por falta de pago de las rentas. Sólo con el primer recibo impagado ya puede presentar la demanda de desahucio. Carla Pérez Tormo Abogadawww.ptabogados.comteléfono 93.317.6644
— Perez Tormo Abogados