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No, mientras el propietario siga haciendo cosas para cobrar, como es embargar. Tendrás la cuenta embargada, y todo lo que puedan, hasta que termines de pagar lo que debes, los intereses y las costas. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. cmontijano@gmail.com. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano