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En relación a su consulta, nos faltarían datos para poder calificar o no el despido como improcedente. Lo primero sería esperar a que efectivamente el despido se practique, para luego evaluar el tipo de despido practicado..Quedo a su entera disposición para cualquier duda o aclaración.Saludos cordiales.Hanna Zohar
— Zohar Abogados
Estimado consultante,En primer lugar desearle suerte y que, finalmente, el despido no se produzca.Lo normal es que la empresa lleve a cabo un despido objetivo por causas organizativas. Ahora bien, es su versión y, como en todo juicio por despido, tendrá que demostrar no solamente la cancelación de su puesto de trabajo, sino también la eficacia de la medida para la competitividad en el mercado y que, para que me entienda, por qué es más «rentable» despedirle a usted que a otro trabajador. De no demostrar la empresa esto, el despido será improcedente.Ha de tenerse en cuenta una serie de pautas a la hora de recibir la noticia de un despido (sobre si firmar, qué poner, etc), por lo que le invito a que nos contacte y le ampliaremos información.951 71 50 41abogadoslarios@gmail.comwww.lariosabogados.esUn cordial saludo.
— Larios Abogados