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Este tipo de contratos, si bien se puede hacer mediante un contrato privado, es mejor firmarlos ante notario y elevarlos a escritura pública, para que puedan tener acceso al Registro de la Propiedad.Además, sí convendría advertirle de que en caso de que su hermana no pague nada por el piso se trataría de una donación y por tanto habría que tributar por ello en consecuencia.Un saludo,Juan VicenteVicente & Matanza
— VICENTE & MATANZA Asesores y Consultores