Hola buenas tardes! Tengo un piso alquilado desde marzo de 2004, el contrato era de 5 años, con 3 años de prorroga, finalizado este y al no haber comunicado nada ninguna de las partes, entro en tacita reconducción a partir de marzo de 2012. Ahora mi hijo se ha divorciado y necesita ese piso, como en el contrato especifica que la renta de alquiler es por mensualidades ¿Podemos comunicar al inquilino con un mes de antelación la intención de no renovar, ya que estaría siendo prorrogable mensualmente? Y como sabe que necesitamos el piso, verbalmente nos ha dicho que no quiere irse, porque la prorroga vence en marzo de 2015 ¿Tendríamos que comunicarlo por burofax o en acto de conciliación previo a resolución de contrato de alquiler?Muchas gracias.
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Si es efectivamente la renta por mensualidades puede comunicarlo si, pero es mejor que un profesional analice el contrato para que no haya genero de dudas. Indicarle que no es ilegal los plazos mensuales, es la voluntad que se pactó entre las partes y tras 10 años de contrato no pueden de contrario negarse ahora. Deben requerirle previamente bien por burofax o por acto de conciliacion que tiene el mismo efecto.Estamos a su servicio en Valencia.Saludos.
— LUIURIS ABOGADOS, ASESORIA JURIDICA, GESTORIA