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Hola. Proporciona muy poca información por lo que resulta imposible concretar la respuesta.En líneas generales y como es obvio, dependerá de lo que haya firmado en el contrato: si esos motivos personales a los que alude estaban recogidos expresamente como causa de desestimiento podrá no seguir con la compra y recuperar las arras; si son motivos personales no recogidos expresamente como causa de desistimiento pero podrían considerarse una causa mayor o fortuita no imputable a usted ue le impiden continuar con la compra, también podría desistirse. Ahora bien, a diferencia del primer supuesto, en este último caso a usted corresponde demostrar esa causa mayor o fortuita, que no es poca cosa. Lo dicho salvo mejor criterio en Derecho. Saludos.
— José Manuel Piñero Fernández